lunes, 18 de febrero de 2013

Contra viento y marea


Vivimos en una sociedad en la que el consumo de alcohol está relacionado con todas las actividades sociales y culturales. Incluso se nos informa a través de los medios de comunicación, que el consumo de alcohol es beneficioso para nuestra salud, siempre que sea en cantidades moderadas. El consumismo, representa la fórmula postmoderna de la libertad. [1]

Nuestra cultura potencia el consumo de alcohol, por lo que no es de extrañar que derive, especialmente entre los jóvenes, hacia un consumo alcohólico cada vez más exacerbado, con los consiguientes efectos negativos en el desarrollo personal y social de los individuos.

El espacio del alcohol, es un espacio público, que se crea a ciertas horas y días de la semana y esos días se desproporcionan cuando el nivel de ingesta aumenta, se concentra en sitios diferentes a los del ritual familiar[2]; motivo por el cual el concejo Municipal de la ciudad de Rosario dictó en el año 2004 la sanción de la Ordenanza Municipal N° 7630, conocida como la “ley seca”, sancionada por Agustín Rossi y Verónica Solmi, la cual prohíbe la venta de alcohol desde las 23 hs hasta las 8 hs del día siguiente en todos los kioscos y minimarkets de la ciudad de Rosario, exceptuando de esta restricción la modalidad de envío a domicilio. El artículo 2 de dicha Ordenanza, incorporado como artículo 603.48.4 al Código Municipal de Faltas, expresa que el comerciante que venda bebidas alcohólicas para su consumo fuera del local en el horario antes mencionado será sancionado con una multa de $1000 y el comiso de la mercadería. Ante la primera reincidencia será sancionado con la clausura de 15 días y, ante una nueva, el local perderá la habilitación para funcionar.

Con esta norma se intenta controlar a los jóvenes, evitar que se alcoholicen en la vía pública, causen disturbios, pongan en riesgo la salud y seguridad de ellos y la de los seres que los rodean.

El objetivo de esta investigación es verificar en qué medida se cumple la Ordenanza Municipal en los kioscos y minimarkets de la ciudad de Rosario. ¿Es fácil vulnerar la Ordenanza? ¿Son eficaces los controles de inspección que se realizan en los comercios?

El no aplicar correctamente las disposiciones y sanciones que establece la Ordenanza Municipal N° 7630/04, conlleva a que los comercios de la ciudad de Rosario incumplan las obligaciones, lo cual afecta a su eficaz aplicación.

La Presidente del Bloque de la Unión Cívica Radical del Concejo Municipal de Rosario, Daniela León, en una entrevista exclusiva afirmó que la norma es débil, carece de eficacia, y es fácil de vulnerar porque hay una política de estado ineficiente y poco compromiso de los comerciantes para cumplir con la Ordenanza: “al comerciante le conviene que le hagan una multa, la paga y sigue cometiendo la infracción”, declaró la Vice presidenta segunda del Concejo Municipal.

Para comprobar que las declaraciones son ciertas y, efectivamente la norma carece de eficacia y las sanciones sobre los comerciantes que la incumplen son débiles, se realizó una entrevista a la dueña de un kiosco cuyo pseudónimo es “Any”, la cual, expresó que estuvo clausurada por vender bebidas alcohólicas fuera del horario estipulado por la Ordenanza y, aún así, sigue reincidiendo sin importar la sanción que se le pueda llegar a aplicar: “la venta de bebidas es hasta las 23, pero si venís con una bolsa no pasa nada”, expresó mientras vendía una cerveza, y luego confesó: “Estuve clausurada 15 días y tuve que pagar una multa de $1000 por vender un porrón, pero en cuanto pagué la multa seguí vendiendo, sin problemas pero con algunos recaudos, esto fue hace 9 años y medio”.

Es importante destacar que la sanción al kiosco de “Any” no se aplicó de manera correcta, ya que según el relato de la infractora era la primera vez que incumplía la norma y, en ese caso, la clausura del local estuvo mal aplicada.

Los agentes de la Guardia Urbana Municipal fueron quienes clausuraron el kiosco de “Any”. Entonces, fue necesario entrevistar a su Director General, Gustavo Franco, para que comente de qué manera realizan los libramientos de actas y las posteriores clausuras de locales, expresó el Director General: “La Guardia Urbana Municipal es una repartición multicompetente, en ella se agrupan distintos organismos para trabajar en la preservación del espacio público y comercios de la ciudad de Rosario”. Y destacó: “Si nosotros recibimos una denuncia del 0800 en donde en un kiosco o minimercado se está vendiendo alcohol a las 00:00 horas, desde Comercios e Industrias no van a tomar la denuncia, en ese caso nosotros vamos al lugar, inspeccionamos, decomisamos el alcohol, clausuramos y al día siguiente derivamos la clausura a Inspección e Industrias que es el área competente encargada en ese rubro”.

Para revisar esa información se realizó una entrevista a Stella Maris Togni Splendiani, la Directora del Tribunal Municipal de Faltas, quien expresó en qué circunstancias se clausura un comercio que vende bebidas alcohólicas luego de las 23 horas: “La clausura se produce ante la reincidencia de la falta, esto quiere decir que se detectó dos veces en un mismo local la venta de bebidas luego de las 23 horas”. Además afirmó que las multas varían de los $1000 a los $5000 dependiendo del grado de la infracción. A su vez, la máxima autoridad del Tribunal, quien fue durante más de 20 años jueza de Faltas del Tribunal Municipal de Rosario, comentó que hay muchos casos en los cuales los lugares clausurados, en su segunda reincidencia, son habilitados a nombre de otra persona y de esa forma siguen reincidiendo hasta volver a ser inhabilitados.

Los testimonios de “Any” y la directora del Tribunal Municipal de Faltas, ponen en evidencia que la sanción resulta no solo débil sino también ineficaz.

A los efectos de poder aplicar con mayor eficacia la Ordenanza, por tratarse del consumo excesivo e inadecuado del alcohol por parte de los adolescentes un problema que afecta a todas las clases sociales, la concejala Daniela León presentó, el pasado 29 de noviembre de 2012, un proyecto de modificación de la Ordenanza 7630/04 en donde expresa que el local que sea encontrado vendiendo bebidas alcohólicas de manera in fragantti será clausurado en forma inmediata y además no podrá expender ningún tipo de bebidas con alcohol en el plazo de un año.

Para continuar con la investigación y obtener datos precisos sobre el consumo de alcohol de los jóvenes, la época del año y los días de la semana en los cuales ingieren este tipo de bebidas, se aplicó una encuesta donde el método utilizado fue el cuantitativo. Para llevar a cabo la tarea de recolección de datos, se consideró como universo a 30 jóvenes mayores de 18 años. La técnica utilizada para el trabajo de campo ha sido el cuestionario de carácter anónimo, por considerar que era la mejor forma y la más rápida de recoger información sin distorsiones ni sesgos, ya que, al ser anónimo, las respuestas de las personas no se verían condicionadas.

La información extraída de las encuestas arrojó los siguientes resultados: más del 83% de los individuos encuestados admitió no conocer de qué se trata la Ordenanza Municipal  N° 7630/04 denominada “ley seca”; el 70% reconoció poder comprar bebidas alcohólicas luego de las 23 horas; el 90% dijo que “la previa” aumentó el consumo de bebidas alcohólicas por las noches, la totalidad de los encuestados afirmó consumir más bebidas alcohólicas los fines de semana respecto de los días de semana y, casi el 87% de ellos dijeron que toman más bebidas alcohólicas en verano.

Los datos extraídos no hacen más que afirmar que la tendencia respecto al aumento del consumo de bebidas es un problema social, una cuestión de fondo que debe resolverse aplicando políticas adecuadas y, fundamentalmente, con el trabajo y la conciencia necesaria para cumplir las normas por más difícil que resulte. Respecto a esta problemática, la Directora del Tribunal Municipal de Faltas dijo: “El consumo de alcohol en horario nocturno es una cuestión puramente social, hay cada vez más jóvenes tomando en las calles o entrando alcoholizados a boliches, eso es responsabilidad de los padres, la Municipalidad puede controlar pero hasta un cierto punto”

      Con esta investigación se logra demostrar mediante encuestas anónimas, audios, videos (cámaras ocultas) y entrevistas a autoridades municipales, que es difícil lograr el cumplimiento de la Ordenanza, ya que, la norma carece de eficacia, es fácil de vulnerar, gran parte de la sociedad afirma no tener conocimiento sobre ella y no logra el efecto deseado en las personas a las cuales fue impuesta.  



[1] Rojas, Enrique. El hombre Light. Buenos Aires. Ed Booket. 2006. Cap, 1, pág. 15
[2] Coman Arnau, Domingo. Apuntes para una mejor prevención de las Adicciones. Secretaría de Prevención y Asistencia de las Adicciones. Buenos Aires. 1995.

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